APLICACIÓN DEL ANÁLISIS GRAMSCIANO AL ESTUDIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812

Comunicación en el VII CONGRESO INTERNACIONAL DOCEAÑISTA

 Mª ANTONIA RIBÓN SEISDEDOS Y
A. BEATRIZ PÉREZ GONZÁLEZ

El objeto es la aplicación de la terminología gramsciana  principalmente en lo que se refiere a "Segmento Hegemónico" y otros aspectos que se derivan de éste, tales como cultura y educación, en el estudio de la Consitución. Se trata de una propuesta de estudio que sin duda aporta una visión original al análisis. 
Se sabe que Gramsci nunca pudo influir sobre la Consititución, en este caso por tanto lo que se trata es de utilizar su terminología como herramientas de análisis y observar si su tipo de estudio puede ser aplicado a un caso histórico como es el de la Constitución de 1812. Ha sido un juego sociológico de conceptualizaciones que muestra otras perspectivas a considerar y una posibilidad más de debate. Por ejemplo el estudio de la educación a través de los artículos 366,368, 371, entre otros.
La comunicación trabaja el estudio de la transmisión cultural y el poder de la educación; o la transformación que se inicia y que culminará más adelante en la formulación de propuestas educativas como la de 1856.
Dicho trabajo está en sintonía con la linea de trabajo de las profesoras Ribón Seisdedos y Pérez González, que ya habían trabajado en las relaciones entre la educación, la cultura y el estudio de las hegemonías. Es un tema relacionado igualmente con el análisis sociológico de la educación. 

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